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RESOLUCIÓN 2005-001

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RESOLUCIÓN 2005-001

La Junta Directiva de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE), en su Reunión Ordinaria de fecha 25 de Enero de 2005.

CONSIDERANDO

• Que en Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 11 de Septiembre de 2004, se aprobó la Reforma General Estatutaria presentada a su consideración, quedando los Estatutos Sociales protocolizados en el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 12 de Enero de 2005 bajo el número 42, Tomo 1 del Protocolo Primero.
• Que en Resolución de Junta Directiva Nacional Nº 2000-01 del 25 de Enero de 2000, se resolvió ordenar la emisión de una estampilla con logotipo de SOITAVE y número de control relativo, con espacio reservado para fecha y firma, que sirva para contribuir con la clara identificación como miembro de SOITAVE de aquella persona que se acredite como tal y firme un estudio valorativo de cualquier naturaleza.
• Que el Artículo 47º de los Estatutos Sociales vigentes reza: “A los fines de acreditar la cualidad de los miembros de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela, se establece el uso obligatorio de la estampilla de seguridad emitida por SOITAVE con el emblema oficial y su correspondiente número de control, la cual debe utilizarse en todo informe o estudio valorativo suscrito como miembro de la Sociedad, según lo dispuesto en Resolución que regula su uso”

RESUELVE

1. Ratificar la Resolución de Junta Directiva 2000-01 del 25 de Enero de 2000 que ordenó la emisión de la Estampilla de Seguridad con el logotipo identificatorio de SOITAVE en color azul sobre fondo blanco y un número de control relativo, cuya características de diseño y seguridad son las siguientes:

2. Acorde con el Estatuto vigente, implantar el uso obligatorio de la Estampilla de Seguridad emitida por SOITAVE, cada una de las cuales debe ser adherida de manera individual e intransferible una sola vez en el cuerpo original del informe, e inutilizada con la fecha y con la firma del miembro de SOITAVE que lo suscribe.
3. Divulgar entre todos los miembros de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela, la obligatoriedad del uso de la Estampillas de Seguridad de SOITAVE, a partir del 1º de Abril de 2005.
4. Instruir a las Juntas Directivas Seccionales, a los fines de comunicar la presente resolución a los miembros adscritos a cada una de ellas, a través de contactos directos, correspondencia, carteleras, correos electrónicos y páginas web de la Sociedad.
5. Reglamentar por separado las condiciones para el control de la emisión, venta y utilización de la Estampilla de Seguridad.
6. Dar la mayor divulgación de la presente Resolución a todos los organismos e instituciones públicas o privadas, relacionadas con el ejercicio de la actividad valuatoria en todos sus ámbitos, a objeto de exigir de los miembros de SOITAVE la utilización de la Estampilla de Seguridad en los informes que suscriban con tal carácter.


Arqº Mª Emilia Pereira Colls

Ingº Aimara García Velásquez

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